Inspeccion tecnica de edificios
Comunidad de Madrid
ARQUITECTURA ENERGETICA
Servicios de arquitectura y proyectos energeticos
Incluye:
*Informe de inspección técnica de edificios
*Acta de ITE
*Firma del técnico competente
*Registro en el ayuntamiento de Comunidad de Madrid
*Informe pre-ITE
*Visita al inmueble
*Toma de datos de las deficiencias si las hubiere
*Información de posibles mejoras del inmueble especialmente de eficiencia energetica
*Resolución posibles incidencias posteriores
*Seguro responsabilidad civil
Gestionamos las ayudas económicas que concede el estado a través de las comunidades autónomas.
TIPO DE EDIFICIO | PRECIO ITE (TODO LO OBLIGATORIO) |
Casa < 150 m2 | 90 |
Chalet 150 m2 < X < 250 m2 | 100 |
Chalet > 250 m2 | 110 |
Edificio 1 vivienda | 100 |
Edificio 2 viviendas | 105 |
Edificio 3 viviendas | 110 |
Edificio 4 viviendas | 115 |
Edificio 5 viviendas | 120 |
Edificio 6 viviendas | 140 |
Edificio 7 < X < 10 | 160 |
Edificio 11 < X < 20 | 190 |
Edificio 21 < X < 30 | 220 |
Edificio 31 < X < 40 | 250 |
Edificio 41 < X < 50 | 280 |
Edificio 51 < X < 60 | 310 |
Edificio 61 < X < 70 | 340 |
Edificio 71 < X < 80 | 370 |
El precio será proporcional al numero de viviendas.
*Las tarifas podrían variar ligeramente por localización, antiguedad del inmueble o por promociones importantes, consultar por teléfono o vía email:
Necesario el informe de evaluacion del edificio en la Comunidad de Madrid.
Inspeccion técnica de edificios
ITE Comunidad de Madrid
Desde 90€ (IVA incluído)
La inspeccion tecnica de edificios la realizan técnico competentes (arquitectos, arquitectos técnicos) que están especialmente capacitados para ver si el edificio cumple con los requisitos mínimos fijados por los diferentes ayuntamientos y comunidades autónomas.
La ite viene obligada desde las ordenanzas de rehabilitación de edificios de los diferentes ayuntamientos, donde cada uno fija la periocidad de pasar la ITE.
Ver ite de cada Comunidad de Madrid, Comunidad de Castilla y León y Comunidad de Castilla-La Mancha.
El plazo máximo para pasar una ite viene fijado por esta ley de estado español, que como mínimo deberan de pasar los edificios de mas de 50 años con un periodo de prorroga de 5 años para los municipios de más de 25 .000 habitantes en todo el territorio español. Listado de municipios que tienen que pasar ite.
Para obtener una ite es muy fácil y rapido, ya que sólo tenéis que saber el número de viviendas que se compone el edificio, para así mediante una llamada telefónica poder presupuestar de forma particular y podiendo obtener rebajas importantes del precio, que se obtengan en ese momento porque las tarifas de la web son orientativas.
Los pasos para obtener la inspeccion tecnica de edificios es la siguiente:
1. Realización de la toma de datos donde se avisará de que el edificio puede pasar la ite o no. (en caso de que no lo pase y se quiera realizar las reformas opotunas por el técnico la tarifa será de pre-ite dado que se sólo se realizará la toma de datos).
2. Realización del informe favorable o desfavorable.
3. En caso de ser desfavorable se deberan ejecutar en el plazo que marque el ayuntamiento las rehabilitaciones del edificio que marque el técnico competente.
4. Realizadas las rehabilitaciones oportunas se deberá de emitir otro informe favorable de idoneidad técnica de si las medidas de mejora alcanzan los requisitos mínimos marcados por las diferentes ordenanzas de los ayuntamientos.
Los aspectos que deben cumplir cada inspeccion tecnica de edificios es según la ordenanza que haya en cada municipio pero en general son las mismas para todos.
Por ello por norma general deberán contener toda la información relativa a las condiciones mínimas de seguridad, salubridad, accesibilidad, ornato público y decoro, haciendo referencia necesariamente a los siguientes apartados:
1. Estado de la estructura y cimentación.
2. Estado de fachadas interiores, exteriores, medianerías y otros elementos, en especial los que pudieran suponer un peligro para las personas, tales como cornisas, salientes, vuelos o elementos ornamentales, entre otros.
3. Estado de conservación de cubiertas y azoteas.
4. Estado de las redes generales de fontanería y saneamiento del edificio.
5. Estado de los elementos de accesibilidad existentes en el edificio.
En el caso de que informe desfavorable se deberá subsanar los defectos apreciados por el técnico competente antes de un periodo particular que emita el ayuntamiento, para así realizar el informe positivo para el ayuntamiento que durará de 5 a 10 años según ayuntamiento.
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Artículo 169 Inspección periódica de edificios y construcciones.
1. Los propietarios de construcciones y edificios de antigüedad superior a treinta años deberán encomendar a un técnico facultativo competente o, en su caso, a entidades de inspección tecnica homologadas y registradas por la Consejería competente en materia de ordenación urbanística, cada diez años, la realización de una inspección dirigida a determinar el estado de conservación y las obras de conservación o, en su caso, rehabilitación que fueran precisas. Estos plazos podrán revisarse por Decreto del Gobierno de la Comunidad de Madrid.
2. Los informes de las entidades de inspeccion tecnica a que se refiere el número anterior deberán estar autorizados por técnico legalmente habilitado para ello.
3. Los informes técnicos que se emitan a resultas de las inspecciones deberán consignar el resultado de la inspección, con descripción de:
4. La eficacia, a efectos administrativos, de los informes técnicos requerirá la presentación de copia de los mismos en el Ayuntamiento dentro del mes siguiente al vencimiento del período decenal correspondiente.
5. Los Ayuntamientos podrán requerir de los propietarios la exhibición de los informes técnicos resultantes de las inspecciones periódicas y, caso de comprobar que éstas no se han realizado, ordenar su práctica o realizarlas en sustitución y a costa de los obligados.
6. Los informes técnicos a que se refiere este artículo podrán servir de base para el dictado de órdenes de ejecución de obras.
En Madrid desde el 2001 se realizan inspeccion tecnicas de edifcios para inmuebles con antiguedad de más de 30 años, que tendrán que ser renovadas cada 10 años por el propietario.
El ayuntamiento de madrid facilita cada año una lista de edifcios que tienen que pasar dicha inspección. Esta es la lista de este año 2016.
ITE Alcalá de Henares inspeccion tecnica de edificios.
En esta localidad se pasa la ITE desde el año 2001 para inmuebles de más de 30 años de antiguedad y a posteriori serán renovados cada 10 año. Los quieran consultar si su inmueble tiene que pasar la ITE poneros en contacto con nosotros le atenderemos cordialmente.
Enlace de la normativa de Alcalá de Henares.
Página web de Alcalá de Henares.
ITE Alcobendas inspeccion tecnica de edificios.
En esta población se realizan las ITES desde el año 2011, debido a la aprobación de la ordenanza reguladora de la inspeccion de tecnica de edificios.
El ayuntamiento de Alcobendas ha realizado una serie de fechas para la realización de ITES según el año de construcción del edificio, estas son las fechas señaladas:
Listado de ites en alcobendas del 29 de marzo de 2013 y el 29 de marzo de 2014.
ITE Arganda del Rey inspeccion tecnica de edificios.
En este municipio se realizarán las ites para los edificios de más de 30 años de antiguedad y posteriormente se renovarán esta inspeccion tecnicas de edificios cada 10 años.
Edificios que tienen que pasar ITE Arganda del Rey en el año 2014.
ITE Collado Villalba inspeccion tecnica de edificios.
Los edificios que se hayan construido antes del 1982 , este año 2013 deberán pasar las ites en Collado Villalba.
En sucesivos años el ayuntamiento ha expuesto una lista según el año de construcción del inmueble, aquí os lo exponemos:
Normativa de ITE Collado Villalba.
Listado edificios 2014 I.T.E. Collado Villalba.
ITE Getafe inspeccion tecnica de edificios.
Serán obligatorios en Getafe para todos los edificios anteriores del año 1962 en el año 2013, dada la recientemente aprobación de la ordenanza del deber de conservación y rehabilitación y de las Órdenes de Ejecución en el año 2012.
Listado de ITE de edificios de 2014 en Getafe.
Listado de ITE de edificios de 2015 en Getafe.
Listado de ITE de edificios de 2016 en Getafe.
ITE Mostoles inspeccion tecnica de edificios.
El ayuntamiento de Móstoles obliga a pasar la inspeccion tecnica de edificios para edificios de más de 15 años de construcción desde el año 2002, por medio de la ordenanza.
ITE Parla inspección técnica de edificios.
La información relativa a la inspección técnica de los edificios y los puntos a tener en cuenta para pasar la ITE Parla son los siguientes:
- Año de Implantación: 2010
- Antigüedad del Edificio 30 años: Todos los edificios que tengan una antigüedad de 30 años estarán obligados a pasar la inspección técnica de edificios en el municipio de Parla.
ITE Pinto inspeccion tecnica de edificios.
En el año 2013 pasaran la ITE Pinto los edificios anteriores a 1955 y los construidos en 1955 y 1883.
En años siguientes se realizaran las inspecciones técnicas de edificios en relación a los años de construcción del inmueble, aquí exponemos la lista:
ITE Rivas Vaciamadrid inspeccion tecnica edificios.
Serán obligados los propietarios de inmuebles de más de 30 años de antiguedad.
Listado del año 2014 de ITE Rivas Vaciamadrid.
Ordenanza municipal reguladora de la inspección técnica de edificios.
ITE San Sebastian de los Reyes inspeccion tecnica de edificios.
En San Sebastián de los Reyes se realizan ITES desde el año 2003 por la aprobación del ordenanza de inspeccion tecnica de edificios y construcciones por la aprobación del pleno del ayuntamiento el 11 de noviembre del 2001.
En el año 2013 pasarán la ITE los edificios construidos en el año 1982 y entre el año 1966 y el 1971.
En los años siguientes se hará una correlación de edificios que tienen que pasar una ITE según el año de construcción del inmueble, aquí dejo la correlación:
Ordenanza sobre inspecciones técnicas de edificios y contrucciones.
ITE Valdemoro inspeccion tecnica de edificios.
Deberán pasar la inspección tecnica de edificios los edificios de más de 30 años de antiguedad, renovándolas con una periocidad de 10 años.
En el año 2013 el ayuntamiento obliga a los edificios que sean del año 1981 y 1982 concretamente.
Lista de edificios de ITE Valdemoro 2014.
El fomento de la conservación de la edificación se ha convertido en una de las grandes preocupaciones de la sociedad actual. Así, siguiendo tanto el marco normativo de la Ley 5/1999 de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León, el Decreto 22/2004 de 29 de enero por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, como la doctrina jurisprudencial más reciente, se ha considerado la oportunidad de elaborar
una Ordenanza que regulará el deber de conservación por parte de los propietarios de los edificios y construcciones, de tal manera que éstos se mantengan en las mejores condiciones, según su destino.
La inspeccion tecnica de edificios se configura como un poderoso instrumento de fomento de conservación de la edificación a través de la detección precoz de cualquiera de las patologías que le afecten y que, de no subsanarse, podrían llegar a ser irreparables. Por tanto, es la mejor forma de asegurar el cumplimiento del deber de conservación.
La ordenanza municipal de Ávila que se implantó en enero de 2011 dice que deben pasar la inspeccion tecnica de edificios los edificios con 40 años de antigüedad y su periodicidad será cada 10 años.
El formato de dicha ite debe recogerse en un informe y un certificado por un técnico competente según la LOE.
En el siguiente enlace podeis encontrar la normativa correspondiente y completa: ORDENANZA
La ordenanza municipal de Burgos que se implantó en diciembre de 2012 dice que deben pasar la inspeccion tecnica de edificios los inmuebles con más de 40 años de antigüedad y su periodicidad será cada 10 años.
El formato de dicha ite debe recogerse en un informe y un certificado por un técnico competente según la LOE.
En el siguiente enlace podeis encontrar la normativa correspondiente y completa: ORDENANZA
León Inspeccion Tecnica de Edificios.
La ordenanza municipal de León que se implantó en abril de 2008 dice que deben pasar la inspeccion tecnica de edificios los inmuebles con más de 40 años de antigüedad y su periodicidad será cada 10 años.
el formato de dicha ite debe recogerse en un informe por un técnico competente según la LOE.
En el siguiente enlace podeis encontrar la normativa correspondiente y completa: ORDENANZA
Palencia Inspeccion Tecnica de Edificios.
Esta locacilidad carece de ley y ordenanza municipal reguladora de la inspección técnica de edificios.
Salamanca Inspeccion Tecnica de Edificios.
La ordenanza municipal de Salamanca que se implantó en enero de 2011 dice que deben pasar la inspeccion tecnica de edificios los edificios con 40 años de antigüedad y su periodicidad será cada 10 años.
el formato de dicha ite debe recogerse en un informe y un certificado por un técnico competente según la LOE.
En el siguiente enlace podeis encontrar la normativa correspondiente y completa: ORDENANZA
Segovia Inspeccion Tecnica de Edificios.
La ordenanza municipal de Ávila que se implantó en octubre de 2011 dice que deben pasar la inspeccion tecnica de edificios los edificios con 40 años de antigüedad y su periodicidad será cada 10 años.
el formato de dicha ite debe recogerse en un informe, una ficha técnica y un certificado por un técnico competente según la LOE.
En el siguiente enlace podeis encontrar la normativa correspondiente y completa: ORDENANZA
Soria Inspeccion Tecnica de Edificios.
La ordenanza municipal de Soria que se implantó en octubre de 2010 dice que deben pasar la inspeccion tecnica de edificios los edificios con 40 años de antigüedad y su periodicidad será cada 10 años.
el formato de dicha ite debe recogerse en un informe y un certificado por un técnico competente según la LOE.
En el siguiente enlace podeis encontrar la normativa correspondiente y completa: ORDENANZA
Valladolid Inspeccion Tecnica de Edificios
La ordenanza municipal de Valladolid que se implantó en junio de 2010 dice que deben pasar la inspeccion tecnica de edificios los edificios con 40 años de antigüedad y su periodicidad será cada 10 años.
el formato de dicha ite debe recogerse en un informe y un certificado por un técnico competente según la LOE.
En el siguiente enlace podeis encontrar la normativa correspondiente y completa: INSTRUCCIÓN MUNICIPAL Y MODIFICACION DE LA INSTRUCCIÓN.
Zamora Inspeccion Tecnica de Edificios
Esta locacilidad carece de ley y ordenanza municipal reguladora de la inspección técnica de edificios.
Decreto Legislativo 1/2010, de 18/05/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
Esta ley se ha llevado acabo para llevar una ordenación del territorio a la basta extensión que ocupa donde hay una mayoría de pueblos pequeños y también en lo que nos importa en este caso a la obligatoriedad de realizar la inspeccion tecnica de edificios.
En este caso será obligatorio realizarla para edificios de más de 50 años con una periocidad de 5 años, más concretamente cada municipio realizará una ordenanza en materia de inspección técnica de edificios.
A continuación vamos a poner algunos artículos de interés de la Ley 1/2010, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística:
Artículo 137 El deber de conservación y rehabilitación.
1. Los propietarios de terrenos, construcciones y edificios tienen el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras precisos para conservarlos o rehabilitarlos, a fin, en todo caso, de mantener en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo.
2. El deber de los propietarios de edificios alcanza hasta el importe de los trabajos y obras que no rebase el límite del contenido normal de aquél, representado por la mitad del valor de una construcción de nueva planta, con similares características e igual superficie útil o, en su caso, de idénticas dimensiones que la preexistente, realizada con las condiciones necesarias para que su ocupación sea autorizable o, en su caso, quede en condiciones de ser legalmente destinada al uso que le sea propio.
Cuando la Administración ordene o imponga al propietario la ejecución de obras de conservación o rehabilitación que excedan del referido límite, éste podrá requerir de aquélla que sufrague el exceso. En todo caso, la Administración podrá establecer:
Artículo 138 La inspección periódica de construcciones y edificaciones.
1. Los propietarios de toda construcción o edificación catalogada o protegida, así como, en cualquier caso, superior a cincuenta años deberán encomendar a un técnico facultativo competente, cada cinco años, la realización de una inspección dirigida a determinar el estado de conservación.
2. Los informes técnicos que se emitan a resultas de las inspecciones deberán consignar el resultado de la inspección, con descripción de:
La eficacia, a efectos administrativos, de los informes técnicos requerirá el visado colegial y la presentación temporánea de copia de los mismos en el Municipio.
Los Municipios podrán requerir de los propietarios la exhibición de los informes técnicos resultantes de las inspecciones periódicas y, caso de comprobar que éstas no se han realizado, ordenar su práctica o realizarlas en sustitución y a costa de los obligados.
Artículo 139 La situación legal de ruina.
1. Procederá la declaración de la situación legal de ruina urbanística de una construcción o edificación en los siguientes supuestos:
En Toledo se realizan inspecciones tecnicas de edificios desde el año 2000 cuando se aprobó la ordenanza sobre conservación, rehabilitación y estado ruinoso de las edificicaciones. Enlace normativa.
Donde será obligatorio pasar la inspección técnica de edificios para los edificios de más de 50 años y los que estén catalogados por el ayuntamiento por ser un bien de interés patromonial para el pueblo de Toledo.
La periocidad para pasar la ITE serña de 5 años como es en la ley del suelo de Castilla-La Mancha.
En Toledo hay una serie de ayudas a la rehabilitación que son los siguientes enlaces:
Enlace de interés:
Normativa del casco viejo de Toledo.
En Guadalajara se creó la ordenanza para inspeccion tecnica de edifcios en el pleno del ayuntamiento el 26 de octubre del 2012, así que lleva poco su aplicación ni un año.
La obligación de pasar la inspeccion tecnica de edificios es para los edificios que tengan más de 50 años y los que esten protegidos por el ayuntamiento independientemente del año de construcción del edificio.
Se deberá realizar otra ITE al año siguiente de los cinco años que se haya realizado la anterior ITE, de todas formas el ayuntamiento expondrá una lista de edificios que deben pasar la inspección un año antes de su cumpliento por vía web, periódico de mayor difusión y por el boletin oficial de la región.
Este es el listado edificios:
De todas formas los ayuntamientos también lo que suelen hacer es mandar una carta a cada propietario para informarle de que tiene que pasar la inspección.
Ordenanza de inspección técnica de edificios de Guadalajara.
Cuenca Inspeccion Tecnica de Edificios.
En Cuenca se lleva realizando la inspeccion tecnica de edificios desde el año 2010, cuando se aprobó la ordenanza sobre la conservación, rehabilitación y ruina de las edificaciones con la publicación en el boletín oficial el día 18 de octubre.
Están obligados a pasar una ITE los edificios con algun régimen de protección o catalogación, donde se renovará el informe cada 5 años.
Por otro lado también será obligatorio para edificios de más de 50 años, con una renovación de la inspeccion tecnica de edificios cada 5 años.
En la web del ayuntamiento está un listado de edificios que deben pasar la ITE en el año 2012, aquí dejo el enlace: Listado de edificios 2012.
Ordenanza de inspección técnica de edificios de Cuenca.
Ciudad Real Inspeccion Tecnica de Edificios.
En Ciudad Real se realizan inspeccion tecnica de edificios desde que se aprobó la ordenanza en 2012.
Por ello tendrán que pasar la ITE en 2013 los edificios construidos entre los años 1930 y 1949. Enlace con el listado de edificios de ITE en 2013.
En los años siguientes se pasará la ITE de la siguiente forma:
Ordenanza de inspeccion tecnica de edificios de Ciudad Real.
Albacete Inspeccion Tecnica de Edificios.
En Albacete se realizan inspeccion tecnica de edificios desde el 2012 , debido a la ordenanza de conservación e inspección periódica de edificaciones y construcciones que aprobó el 29 de noviembre del 2012.
Por ello tendrán que pasar la ITE en el periodo 2012-2013 los edificios construidos en el año 1952 o anteriores.
En los años siguientes se pasará la ITE de la siguiente forma:
Ordenanza de inspección tecnica de edificios de Albacete.
ARQUITECTURA ENERGETICA
-Ministerio de industria, (Instituto para diversificación y ahorro de energía).
-Comunidad de Madrid, (certificación energética).
-Ayuntamiento de Madrid, (ites).
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